En el estado de California, de acuerdo con la Sección del Código de Trabajo 3700, los empleadores que utilizan al menos un empleado para el trabajo están obligados a comprar los Trabajadores’ Compensación de Seguros para sus empleados, incluso si los empleados son miembros de la familia. No cubre a sus empleados con los trabajadores’ plan de compensación puede dar lugar a sanciones pronunciadas que asciende al doble del importe de la prima estimada para el empleado, o $1,500 por empleado sin seguro. Incluso puede acumular pérdidas de beneficios de no ser capaz de utilizar la mano de obra de los empleados durante el proceso de la audiencia penal y procedimientos.
De acuerdo con las leyes laborales de California, un empleado se considera a toda persona que se involucra o permiso para trabajar para usted o su empresa y que necesitan ser cubiertos en caso de un accidente o una lesión relacionada con el trabajo. La única excepción es si las únicas personas que participan en el trabajo son los socios y en el caso de las empresas, donde funcionarios de la empresa son los únicos accionistas. En estos casos, La corporación, funcionarios y directores mismos pueden elegir si se debe ser cubierto por los trabajadores’ compensación o no. Los empleados que están clasificados como contratistas independientes también están exentos de estas disposiciones de protección laboral y normalmente no se les ofrece ningún tipo de seguro médico o al aceptar el contrato.
Si usted es un propietario único de su negocio, si usted compra el plan de compensación de un trabajador es totalmente suya. Más abajo en la carretera, si usted decide contratar al menos otro empleado, aunque sea de forma temporal, a continuación, tendrá que comprar los trabajadores’ compensaciones plan de seguro que mejor se adapte a su situación específica.
Debido a diversos requisitos legales, que es inusual para una empresa a la libre aseguran a menos que su valor de más de $5 millón, pero se pueden beneficiar las grandes empresas, ya que les da el control de la administración de sus propios trabajadores’ reclamaciones de indemnización.
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